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14/01/2010
SUBVENCIONES PARA LA MODERNIZACIÓN DEL COMERCIO RURAL
Resolución de 28 de diciembre de 2009, de la Consejería de Industria y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria pública de subvenciones para la modernización del comercio rural.
Objeto de la subvención.
Estas bases tienen por objeto regular la concesión de ayudas y subvenciones públicas destinadas a apoyar las actuaciones de modernización del comercio rural del Principado de Asturias, mediante la incorporación de elementos físicos y funcionales que mejoren su potencial de mercado y faciliten una gestión más competitiva.
Beneficiarios.
La presente ayuda va dirigida a personas físicas o jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes legalmente constituidas, que tengan la consideración de Pymes comerciales rurales, dentro del ámbito territorial del Principado de Asturias. Deberán cumplir una serie de requisitos (consultar BOPA)
Proyectos subvencionables.
El proyecto debe ir destinado a las dos líneas siguientes: Línea 1. Renovación de la imagen del establecimiento comercial, tanto interna como externa, en las zonas destinadas exclusivamente a la tienda y, dentro de la misma, a la venta y exposición, quedando excluidas por tanto, las oficinas, almacenes y salas de refrigeración, talleres y otros locales dedicados a elaboración o manipulación de productos, aseos, etc. que no cumplan una función estrictamente comercial. Asimismo, tampoco se tendrán en cuenta los proyectos que afecten a aquellas áreas del local dedicadas a otras actividades, tales como bar, restaurantes, carnicería, etc. A tal efecto, las facturas justificativas de este tipo de gastos que afecten a más de una zona deberán estar debidamente desglosadas, con el fin de determinar la parte subvencionable de la inversión. En todo caso la inversión mínima de la actuación será de 6.000 euros y no podrá superar los 200.000 euros. Línea 2. Incorporación de las nuevas tecnologías de la información a la gestión del establecimiento comercial, esto es, a la gestión de las actividades relacionadas exclusivamente con la tienda. Esta línea de actuación incluye la implantación de redes informáticas o modificación y ampliación de las existentes. El gasto mínimo por estos conceptos será de 1.200 euros. Se tendrá en cuenta la adecuación entre los equipamientos informáticos adquiridos y las necesidades reales del negocio.
Cuantía.
La cuantía máxima de la subvención a percibir, para cualquiera de los conceptos, será el 75% del valor de los conceptos subvencionables de la actuación. En todo caso, ningún beneficiario podrá obtener por estos conceptos una subvención superior a cien mil euros (100.000 euros) ni sobrepasar el anterior porcentaje del 75%.
Solicitudes y documentación.
Las solicitudes acompañadas de la documentación exigida se presentarán, según el modelo que figura en la Resolución de convocatoria, en el Registro de la Consejería de Industria y Empleo, sito en Plaza de España, 1, bajo, 33007 Oviedo, o por cualesquiera de los medios establecidos en el art. 38 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y serán dirigidas al Ilmo. Sr. Consejero de Industria y Empleo. Los modelos se facilitarán en la Consejería de Industria y Empleo, Oficina de Información del Principado de Asturias y en la página web del Gobierno del Principado de Asturias (www.asturias.es).
Plazo de presentación de solicitudes.
Se establecerá en la resolución aprobatoria de cada convocatoria.
Más información http://www.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.1003733838db7342ebc4e191100000f7/?vgnextoid=d7d79d16b61ee010VgnVCM1000000100007fRCRD&fecha=14/01/2010&refArticulo=2010-00256&i18n.http.lang=es
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